Expresidente de la Asamblea de la ONU detenido por corrupción
El expresidente de la Asamblea General de laONU John Ashe y otras cinco personas, incluido un diplomático dominicano, han sido detenidas en el marco de un multimillonario caso de corrupción, anunciaron hoy las autoridades estadounidenses.
Según documentos hechos públicos por la Fiscalía Federal del Distrito Sur de Nueva York, Ashe está acusado de recibir más de 500.000 dólares en sobornos por parte de un constructor que buscaba desarrollar un centro de conferencias de las Naciones Unidas en el territorio chino de Macao.
También se habría embolsado más de 800.000 dólares de parte de empresarios chinos para apoyar sus intereses en la ONU y en Antigua y Barbuda, su país de origen y al que representaba ante la organización.
Tanto el diplomático, que presidió la Asamblea de la ONU entre 2013 y 2014, como el resto de acusados están bajo arresto, dijeron a Efe fuentes de la Fiscalía.
Entre los detenidos figura el diplomático dominicano Francis Lorenzo, embajador adjunto del país ante las Naciones Unidas, según la fiscalía.
En el centro del caso está el constructor Ng Lap Seng, quien fue detenido el mes pasado por agentes aduaneros en Nueva York, acusado de introducir 4,5 millones de dólares de forma ilegal en el país.
Ng, según la investigación, efectuó dos pagos de 200.000 y 300.000 dólares a Ashe a cambio de que este defendiese ante el secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, la construcción de un centro de conferencias en Macao, un proyecto valorado en miles de millones de dólares.
Esos pagos fueron facilitados presuntamente por dos de los acusados, incluido el dominicano Lorenzo, quien según la Fiscalía supuestamente estaba a sueldo de Ng.
Ashe habría solicitado repetidamente sobornos, incluido el pago de vacaciones o la construcción de una pista de baloncesto en su domicilio de Nueva York, según las autoridades.
En total, el diplomático de Antigua y Barbuda depositó entre 2012 y 2014 más de 3 millones de dólares procedentes del extranjero en dos cuentas bancarias en EE.UU. supuestamente vinculadas a su presidencia de la Asamblea, desde las que sacó dinero para gastos personales y transfirió grandes sumas a otras cuentas.
Los documentos publicados hoy por la Fiscalía dan cuenta de muchos detalles de la relación entre los detenidos, incluidos viajes a distintos lugares del mundo y comunicaciones por correo electrónico.
Además de por corrupción, Ashe está acusado de fraude fiscal en Estados Unidos por omitir de sus ingresos más de 1,2 millones de dólares, la mayoría obtenidos supuestamente de Ng y otros empresarios.
La Fiscalía calcula la fortuna de Ng en unos 1.800 millones de dólares, obtenidos principalmente a través de desarrollos inmobiliarios en Macao.
Aparentemente no tiene nada que ver con el asunto del tema, pero como dicen en mi pueblo: por algún lado se comienza y no olvidemos a la magistrada china en la Corte que no se declaró impedida en el fallo de 2012...
Andrés sin ánimo de polemizar innecesariamente pero inaplicarsegún las palabras del propio Gobierno es diferentísimo a desacatar, cuando se desacata es por razones absolutas, es decir, pk el fallo es inconveniente, es inviable, es inaceptable etc, pero es inaplicable cuando las razones son relativas, como es el caso nuestro, que no se aplica porque no hay tratado, que no se aplica porque tiene que ser aprobado ese tratado por el congreso y esa corporación es la única que puede alterar las fronteras, que no se aplica hasta que se garanticen los derechos de los pescadores del archipiélago, que no se aplica porque la corte constitucional dice que hay que surtir el trámite que describe.
OJO con eso, porque es como si tácitamente se está aceptando la alteración de las fronteras, y la excusa es un mero procesalismo.
Un mero procesalismo que tiene Molesto a Managua, al punto que sí no aceptan eso, pues el Tratado vigente es el Esguerra - Bárcenas y eso los tiene bloqueados.
AndresK dijo: Un mero procesalismo que tiene Molesto a Managua, al punto que sí no aceptan eso, pues el Tratado vigente es el Esguerra - Bárcenas y eso los tiene bloqueados.
Bueno y los San Andresanos que han hecho para esta nueva situación con los Nicas???... han protestado???? decian que en la primer defensa (y es verdad) no se les tuvo en cuenta, siendo ellos los directamente afectados No les falta razón)... pero ante esta nueva demanda que golpea aún mas duro... que han hecho???. saludos
Rusos escéptico acerca de la invitación para ayudar a construir "Nicaragua Canal '
El proyecto muestra signos de estancamiento - Rusia hadicho antes que sólo se unirá cuando el proyecto muestra signos de progreso real
El proyecto de construcción del Canal de Nicaragua se ha estancado, informa el sitio web de noticias Svobodnaya Pressa.Anteriormente, se planeó la idea de ser implementado con la ayuda de las inversiones chinas. Ahora, sin embargo, Nicaraguais pidiendo a todos los interesados, y no menos importante de todos - Rusia.
"Esperamos con interés la cooperación y participación de la comunidad internacional, en particular la Federación de Rusia", dijo el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega el 13 de diciembre.
La construcción de la vía acuática se ha aplazado por un año.El diario La Estrella de Panamá atribuyó la razón principal de la congelación de la construcción con un informe de los ambientalistas aumentando las preocupaciones sobre el impacto de la canal en el medio ambiente. Pero al mismo tiempo, el periódico dijo que el factor real en la postergación del proyecto fue de los problemas financieros de la contratista principal - la Compañía del Canal de Nicaragua de Desarrollo de Inversiones de Hong Kong (HKND Group).
"Supongo que China se ha negado a participar en la construcción del canal por el momento debido a la falta de las finanzas", dijo Mikhail Belyat, experto en América Americaand investigador de la Universidad Estatal de Rusia Humanitario.
Mijail Alexandrov, un experto de alto nivel del Centro de Estudios Políticos Militares y en el Instituto de Relaciones Internacionales de Moscú, advirtió en contra de la participación de Rusia en la construcción del Canal de Nicaragua.
"Creo que en la situación actual, no vale la pena Rusia participar en este plan bastante arriesgado", dijo Alexandrov.
"Por otra parte, todo el proyecto causó algunas dudas desde el principio. Por ejemplo, no está claro si hubo alguna participación del Estado chino en ella. Creo que si China estaba interesada en la construcción del canal a nivel estatal, los chinos no abandonaría tan fácilmente ", dijo.
Arriba a San Andrés pesquero Nicaragüense inmovilizado por la Armada Nacional
Fecha:
Lunes, Febrero 15, 2016 - 10:45
En las últimas horas arribó a la isla de San Andrés el pesquero “Doña Emilia”, inmovilizado por la Armada Nacional en los últimos días, por realizar pesca depredadora en mar territorial colombiano, extrayendo de forma ilegal 700 kilos de pesca del área marina protegida Reserva de Biósfera Sea Flower.
Después de coordinaciones realizadas entre el Comando Específico de San Andrés y Providencia con la Jefatura de Capitanías de la Fuerza Naval Nicaragüense, el pasado 13 de febrero una unidad de la Armada Nacional hizo entrega en altamar a autoridades del vecino país de 108 pescadores, de los cuales 73 habían sido abandonados por los buques pesqueros nodriza de bandera nicaragüense “Miss Sofía”, “Capitán Charlie” y “Lady Frem”; así como 35 pescadores que hacían parte de la tripulación de la embarcación “Doña Emilia”.
CIJ decidirá el día 17 sobre el futuro de disputa entre Nicaragua y Colombia
La Corte Internacional de Justicia (CIJ)dictará el próximo 17 de marzo sentencia sobre las objeciones preliminares en los dos casos que enfrentan a Colombia y Nicaragua por la cuestión limítrofe en el mar Caribe, a fin de decidir sobre su admisibilidad, informó hoy el alto tribunal.
Las sentencias serán leídas por el juez presidente de la Corte, Ronny Abraham, en una audiencia pública que se celebrará a las 14.00 GMT en la sede de la Corte en La Haya.
La CIJ decidirá si los dos casos siguen adelante o no y si la Corte es competente para juzgarlos, indicaron a Efe fuentes del alto tribunal de la ONU, y no se decidirá sobre los méritos o el fondo.
Uno de los casos se remonta al 26 de noviembre de 2013 cuando Managua demandó a Colombia y pidió a la CIJ declarar que Bogotá viola su obligación de no usar o no amenazar con el uso de la fuerza, y de no violar las zonas marítimas nicaragüenses delimitadas por la Corte el 19 de noviembre de 2012, así como sus derechos soberanos y su jurisdicción sobre estas zonas.
En noviembre de 2012 el alto tribunal de la ONU había remodelado la frontera marítima entre ambos países.
En concreto, definió la frontera marítima única entre la plataforma continental y las zonas económicas exclusivas de Nicaragua y de Colombia dentro del límite de las 200 millas náuticas a partir de las líneas de base desde las cuales se mide la anchura del mar territorial de Nicaragua.
Los jueces dejaron bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés, y a Nicaragua le otorgaron una franja marina en esa zona, que Colombia calcula en unos 75.000 kilómetros cuadrados y, el país centroamericano, en más de 90.000.
El fallo de la CIJ fue considerado "inaplicable" por el Gobierno colombiano si no se firma antes un tratado que garantice los derechos de los colombianos en la zona.
En una audiencia celebrada en septiembre, Nicaragua dijo que apoyaría la firma de un tratado que permitiera resolver la disputa.
Colombia defiende que la CIJ no es competente en este caso.
El país andino denunció el Pacto de Bogotá por el que aceptaba la jurisdicción de la CIJ el 27 de noviembre de 2012.
El artículo 56 dice que el pacto puede ser denunciado mediante aviso anticipado de un año, transcurrido el cual cesará en sus efectos, pero Colombia sostiene que la renuncia tuvo "efecto inmediato" ante la iniciación de nuevos procedimientos en su contra.
El 16 de septiembre de 2013 Nicaragua presentó otra demanda contra Colombia en la que pidió a la CIJ concederle una plataforma más allá de las 200 millas náuticas desde su costa en el Caribe.
Managua considera demostrado que el margen continental de Nicaragua se extiende más allá de las 200 millas náuticas y pidió a la CIJ, además, indicar los derechos y deberes de los dos Estados en relación con el área de pretensiones superpuestas y el uso de sus recursos hasta que se delimite con precisión la línea de frontera.
Colombia considera que la pretensión "desmedida" de Nicaragua es contraria al derecho internacional y corresponde a "ánimos expansionistas".
Según Bogotá, la plataforma continental de las Islas del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que se extiende hacia el oriente en 200 millas náuticas, "se une incuestionablemente con la plataforma continental que tiene la costa caribe colombiana" que se extiende hacia el noroccidente y hacia el Archipiélago en al menos 200 millas.
En unas audiencias celebradas en octubre, Nicaragua insistió en que la sentencia de 2012 "no especifica nada" sobre la plataforma continental.
El Gobierno de Bogotá defendió por contra que el caso de la delimitación de la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua está cerrado desde entonces, y volvió a insistir en que el alto tribunal no tiene competencia para abordar la demanda nicaragüense.
Estos son los cinco argumentos de Colombia en la Corte de La Haya
Dice que ese tribunal no es competente para referirse a demandas de Nicaragua.
La Corte Internacional de La Haya decidirá este 17 de marzosi se declara competente o no en las dos últimas demandas instauradas contra Colombia ante ese tribunal.
Tras el fallo del 2012, mediante el cual se reconocieron nuevos derechos de Nicaragua en el mar Caribe, el gobierno de Daniel Ortega presentó dos nuevas demandas contra Colombia: una, mediante la cual pretende que se le concedan derechos sobre la plataforma continental extendida y otra para exigir que Colombia cumpla con el pronunciamiento de noviembre del 2012, el cual fue favorable para ese país.
En la presentación de las excepciones preliminares, como se le llama al primer alegato ante los jueces de La Haya, Colombia pidió que ese tribunal se declare sin competencia para conocer de las dos acciones instauradas por Nicaragua.
Aunque Colombia ya había renunciado a la jurisdicción de La Haya, tras el fallo de noviembre del 2012 (denunciando el Pacto de Bogotá), decidió concurrir a la defensa de sus intereses en estos dos casos porque, de cualquier manera, la Corte podría haber asumido el examen de fondo de las demandas.
Acudir a la Corte para pedirle que se declare sin competencia para conocer los asuntos referidos obliga al tribunal, en esta oportunidad, a sentenciar solo sobre procedimiento, como se espera que ocurra este 17 de marzo, y no de fondo como habría ocurrido, al parecer de manera irremediable, si no se hubieran hecho las objeciones.
La Haya notificó este lunes a las partes (Colombia y Nicaragua) sobre la fecha en que proferirá el fallo (17 de marzo) y citó a los agentes de los dos países, pero se desconoce cuál será el sentido de la decisión.
Los expertos plantean cerca de siete escenarios en los que se podrían presentar los dos fallos: el más favorable, que acepte las objeciones de Colombia para ambos casos y reconozca que no tiene competencia para su conocimiento. El menos favorable: que se declare competente para examinar los dos temas de fondo. También puede ocurrir que acepte uno y rechace otro.
Estos son los cinco argumentos de Colombia
Colombia le planteó a La Haya cinco argumentos respecto a por qué esa Corte no es competente para conocer de la demanda de Nicaragua sobre el reconocimiento de la plataforma continental extendida.
1. De tiempo. Que el retiro de Colombia de la jurisdicción de La Haya fue de efecto inmediato.
2. Cosa juzgada. La pretensión de Nicaragua no procede porque el tribunal ya negó ese derecho implícitamente en el fallo anterior al no delimitar frontera.
3. Apelación. Los fallos de este tribunal son inapelables, Nicaragua no puede alegar ese recurso.
4. Revisión. No hay nueva prueba que amerite una revisión.
5. Inadmisibilidad. La demanda de Nicaragua es inadmisible porque la Convención de Derechos del Mar no ha hecho recomendación alguna.
Nuevamente Colombia presente en La Haya: escenarios posibles ante la justicia internacional
Llegó la hora de la lectura de la decisión tomada por la Corte Internacional de Justicia sobre los dos casos que nos enfrentan con Nicaragua en este tribunal. Es importante tener claridad sobre los diferentes escenarios que se pueden plantear con relación al sentido que puedan llegar a tener las decisiones.
En primer lugar es necesario saber qué es lo que se va a decidir. En este sentido, el próximo jueves 17 de marzo la Corte va a determinar si es, o no, competente para conocer de las demandas presentadas por el gobierno nicaragüense. Es decir, que no va a tomar ninguna decisión de fondo en esta ocasión, razón por lo que no es exacto afirmar, como lo han hecho varios actores políticos en diferentes medios, que la Corte Internacional de Justicia “nuevamente” nos va a quitar más mar. No, reitero que su decisión se centrará en si puede conocer del caso.
En este sentido, hay tres opciones con relación a los dos casos:
1- Que decida que no es competente para conocer de ninguno de los dos litigios.
Sin lugar a dudas este es el mejor escenario para Colombia, aunque el más remoto a mi modo de ver. Si esto llega a suceder será como consecuencia de que la Corte aceptó la interpretación planteada por el equipo jurídico colombiano sobre el carácter inmediato del retiro de Colombia del Pacto de Bogotá. Jurídicamente hablando es difícil que la Corte acepte este argumento, pero no imposible.
2- Que decida que es competente en uno de los casos y en el otro no.
Esta hipótesis tiene a su vez dos opciones. En primer lugar, si la Corte declara que no es competente en el caso relativo al incumplimiento de la sentencia del año 2012, lo hará argumentando que no es el foro adecuado, es decir que no le corresponde a la Corte supervisar el cumplimiento de sus decisiones y, en la medida que, de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, ese rol le corresponde al Consejo de Seguridad. Sin embargo, en la medida que la competencia de los casos se ha dado bajo la perspectiva del Pacto de Bogotá habría que acudir primero a la OEA de acuerdo con el artículo 50 del Pacto. En este caso, la Corte estaría dando por terminado el asunto sobre incumplimiento y Nicaragua debería acudir a la OEA y posteriormente a la ONU, para que sean estos organismos los que determinen si realmente hay un incumplimiento por parte de Colombia.
En segundo lugar, la Corte puede decir que no es competente con relación al caso relativo a la Plataforma Continental extendida. La Corte estaría aceptando la argumentación colombiana relativa a que hay cosa juzgada sobre el tema en la medida que, en la sentencia del 19 de noviembre del año 2012, ya delimitó todos los espacios marítimos entre Nicaragua y Colombia. Bajo esta perspectiva, Nicaragua habría perdido cualquier opción de pedir mayores espacios marítimos en el Mar Caribe y quedaríamos solamente frente a un proceso sobre el incumplimiento de la sentencia de 2012, cuyo análisis en el fondo no representaría mayores efectos negativos para el Estado colombiano, en la medida que lo que en el fondo hay es una decisión de un tribunal internacional cuya implementación nunca es fácil.
Ahora bien, considero que esta última es la opción más probable y que este escenario sería un gran triunfo para Colombia en la Corte, esperemos que así sea.
3- Que decida que es competente para conocer de los dos casos.
Este sería el peor escenario para Colombia y, la verdad, no es grave. Lo único que haría la Corte es decir que puede conocer de los casos sobre el fondo del asunto. Si llegamos a esta etapa procesal y estamos defendiendo los derechos de Colombia a la luz del derecho internacional, estoy convencido de que tenemos todos los argumentos para ganar los procesos y demostrar así que las pretensiones nicaragüenses no tienen sentido alguno.
Por lo pronto, tenemos que esperar a que se pronuncie la Corte este jueves.
¿Puede Nicaragua extender su plataforma continental?
El 16 de septiembre de 2013, Nicaragua volvió a invocar el Artículo XXXI del Pacto de Bogotá para demandar a Colombia ante la Corte Internacional de Justicia (la Corte). ¿Qué pide Nicaragua? Nada nuevo. Nicaragua repite ante la Corte una pretensión marítima que tiene como propósito apropiarse de áreas en el mar Caribe que nos pertenecen. Por tratarse del segundo caso entre Nicaragua y Colombia ante la Corte, se le conoce a este procedimiento como Nicol II. Aunque existe una tercera demanda, radicada el 26 de noviembre de 2013, aquí sólo analizaremos el contenido de Nicol II. Este 17 de marzo la Corte dirá si tiene competencia para estudiar el reclamo nicaragüense. No decidirá nada de fondo. ¿Por qué? Porque Colombia objetó la competencia de la Corte.
Con esta demanda, Nicaragua le pide a la Corte trazar una línea de frontera marítima entre Nicaragua y Colombia, más allá de los límites establecidos en el fallo de 19 de noviembre de 2012, es decir, más allá de las 200 millas náuticas contadas desde las líneas de base de la costa nicaragüense. En el fallo del 19 de noviembre de 2012, la Corte decidió que las islas del archipiélago son todas colombianas. Nuestras islas no están en peligro con la nueva demanda. La delimitación marítima en el caso anterior, esto es, la repartición de las aguas en el mar Caribe, enfrentó únicamente a las islas y a la costa continental nicaragüense. Esto por cuenta de unos principios muy importantes que, entre otras cosas, explican por qué no nos fue tan mal en el 2012, aunque ¡claro que nos fue mal!
El principio fundamental del derecho del mar nos dice que la tierra domina el mar. El principio tiene por efecto que sólo un Estado costero tiene derechos marítimos y, entre más extensa la costa, más derechos en el mar. Así, al tiempo que Bolivia no tiene derechos de este tipo, Rusia tiene unos derechos marítimos bastante extensos en el océano Ártico. El derecho del mar dice que todo Estado con costa proyecta derechos marítimos hasta una distancia de 200 millas náuticas. No se debe probar nada. Son derechos legales y se presumen. Esos derechos se ejercen en el agua para navegar, pescar, investigar, perseguir el crimen, etc. Pero también se ejercen en la plataforma continental, que no es otra cosa que la porción del territorio estatal que se extiende por debajo del mar. Allí encontramos petróleo, gas y otros recursos naturales no vivos de gran valor.
Otro principio nos dice que si un Estado desea reclamar derechos marítimos más allá de las 200 millas náuticas, lo debe probar. Pero más allá de las 200 millas náuticas sólo habrá derechos en la plataforma continental. El agua después de las 200 millas náuticas es para que todos la disfrutemos y se llama alta mar. La reclamación de esos derechos más extensos se hará mediante un procedimiento muy costoso y complejo que obliga a los Estados a remitir evidencia científica ante un órgano llamado la Comisión de Límites de la Plataforma Continental. Sin embargo, la Comisión y el procedimiento son creación de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, tratado que obliga a Nicaragua pero no a Colombia, pues este país no ha ratificado la Convención.
Como todo procedimiento, el de la Comisión tiene sus reglas. Reglas que Nicaragua debe respetar. Las más importantes en este caso son dos. La primera nos dice que si, por ejemplo, un Estado alega derechos marítimos hasta 300 millas náuticas, esa reclamación sólo tendrá efectos si cuenta con el visto bueno de la Comisión. La segunda nos dice que, en el evento de que un estado costero vecino objete una reclamación de derechos marítimos más allá de las 200 millas náuticas, la Comisión deberá permanecer inactiva hasta tanto la objeción se retire.
Finalmente la delimitación marítima no es otra cosa que la partición, conforme a una metodología bastante decantada, de aquellas zonas en donde los derechos de las dos partes se encuentran. Es decir, si las costas continentales de Nicaragua y Colombia están separadas por algo más de 500 millas náuticas, una extensión de derechos marítimos de sólo 200 millas náuticas a lado y lado dejará un hueco sin superposición de 100 millas náuticas. Ahí no puede haber delimitación. Esta es la razón por la que en el caso pasado nuestra costa continental no participó de la delimitación marítima. Estaba demasiado lejos.
Pero curiosamente, en aquel entonces Nicaragua le pidió a la Corte que hiciera una delimitación entre su costa continental y la nuestra. Es decir, pretendía penetrar en nuestras 200 millas náuticas legales. Lo hizo sin haber agotado el procedimiento en la Comisión.
En la demanda de 2013, Nicaragua le vuelve a pedir a la Corte que delimite entre costas continentales, más allá de las 200 millas náuticas contadas desde la costa nicaragüense. La pretensión es materialmente idéntica. Lo grave es que esa pretensión fue expresamente denegada en el fallo de 2012. Esto es serio. La pretensión afectaría derechos inequívocamente colombianos. Se trata de una demanda desestabilizante sin duda alguna. Es también desconcertante. Un pilar esencial para la estabilidad y certeza de las relaciones legales es el carácter final y definitivo de las decisiones judiciales. A este principio le llamamos los abogados la cosa juzgada o res judicata. En ausencia de una segunda instancia para las decisiones de la Corte, sus decisiones son definitivas y finales desde que se emiten. En el fallo de 2012, la Corte le dijo a Nicaragua que, por no haber demostrado que tenía derechos marítimos más allá de las 200 millas náuticas, no podía acoger su pretensión de delimitación en relación con nuestra costa continental.
No podía ser de otra forma. A Nicaragua le faltó demostrar que tenía derechos marítimos más allá de las 200 millas náuticas y en una medida tal que le permitiera encontrarse con los derechos de 200 millas náuticas proyectados por nuestra costa continental. Nicaragua presentó su argumento, lo debatió, intentó probarlo pero lo perdió. Salir victorioso de este debate le significó a Colombia once años de litigio. Ni siquiera hablemos de los costos económicos y el desgaste de su talento humano… el de los abogados, diplomáticos y el de los funcionarios de la Armada Nacional.
Por eso, Colombia argumentó ante la Corte el principio de cosa juzgada, es decir, que la Corte no puede prestarse para revivir disputas ya resueltas, como quedó claro en el párrafo 129 del fallo del 19 de noviembre de 2012. Ante un eventual resultado desfavorable frente a la cosa juzgada, Colombia argumentó que Nicaragua no había agotado el procedimiento ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental y, por lo tanto, que no había probado su derecho. Entonces, por falta de prueba, no podía reclamar derechos marítimos más allá de las 200 millas náuticas. El equipo de defensa nacional apeló a dos decisiones expresas de la Corte a este respecto: Nicaragua vs. Honduras (2007) y Nicaragua vs. Colombia (2012). Dos decisiones emitidas en casos en donde Nicaragua pretendía derechos más allá de las 200 millas náuticas y en una de las cuales Colombia era el demandado.
En estas decisiones, la Corte expresó: “Cualquier pretensión de una plataforma continental más allá de 200 millas (por un estado parte de la Convención sobre el Derecho del Mar) debe realizarse de acuerdo con el Artículo 76 de (la Convención sobre el Derecho del Mar) y ser revisada por la Comisión de Límites de la Plataforma Continental establecida para tal fin”.
El Estado hizo su trabajo y ahora sólo resta esperar. Colombia espera legítimamente que la Corte respete la cosa juzgada. De no ser así, que por lo menos respete su jurisprudencia previa y recuerde que, en el caso de la pretensión de Nicaragua más allá de las 200 millas náuticas, su exigencia de agotamiento del trámite ante la Comisión de Límites sigue pendiente.
Bueno, ¿no dizque, según unos, ya estábamos aplicando el fallo?
El fallo que Colombia no ha cumplido
El 19 de noviembre de 2012 la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió una sentencia que aún genera apasionados debates entre los colombianos. Por un lado, los que se sienten ultrajados porque la Corte “despojó” al país de una porción de mar que, dicen, le pertenecía a Colombia hasta el meridiano 82. Por el otro lado, los que en consonancia con el fallo de excepciones preliminares emitido por la misma CIJ en 2007, consideran que ese meridiano nunca fue el límite marítimo entre Colombia y Nicaragua y que esa sentencia definitiva e inapelable está pendiente de ser cumplida.
En medio de esa discusión y bajo una creciente presión política, el Gobierno de Juan Manuel Santos, que en principio también rechazó la sentencia de 2012 y se declaró indignado con la CIJ, encontró la manera para comunicarles al país y a la Corte Internacional que sí acepta el fallo, pero sólo lo puede implementar mediante un tratado firmado entre Bogotá y Managua. La sentencia C-269 del 2 de mayo de 2014 de la Corte Constitucional proporcionó dicho argumento. Esa sentencia recuerda que la Constitución, en el artículo 101, obliga a que la “modificación” de cualquier límite debe hacerse mediante un tratado aprobado por el Congreso y debidamente ratificado por el presidente.
Esa sentencia le evitó al Gobierno el costo político de implementar un fallo desfavorable para Colombia, pero al mismo tiempo abrió espacio para dos nuevas demandas presentadas por Managua contra Bogotá ante la CIJ. En la primera, del 16 de septiembre de 2013, Nicaragua pide una delimitación de su plataforma continental más allá de las 200 millas náuticas. En la segunda, del 26 de noviembre de 2013, Nicaragua pide que la Corte obligue a Colombia a acatar la sentencia de 2012, alega que Colombia no ha cumplido dicha decisión, ha amenazado con el uso de la fuerza en aguas nicaragüenses y ha vulnerado los derechos de los nicaragüenses sobre las aguas que la CIJ les entregó. Este jueves, la CIJ emite un fallo de excepciones preliminares en el que decide si es competente o no para conocer y fallar sobre estas dos nuevas demandas.
Hay una sutileza respecto a la sentencia C-269 de la Corte Constitucional colombiana: la CIJ no “modificó” el límite marítimo entre Colombia y Nicaragua, pues, como la propia CIJ explicó en su sentencia de excepciones preliminares de 2007, tal límite no existía previamente. El meridiano 82 se consideró una línea divisoria de soberanías territoriales, no una frontera marítima –dos conceptos muy distintos en el Derecho del Mar–. El Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928, en el que se menciona el meridiano 82 en su acta de canje de 1930, no fue considerado por la CIJ un tratado de fronteras marítimas. Entonces, por lo menos para la CIJ, resulta imposible decir que esa misma corte haya “modificado” las fronteras. Más bien, en el fallo de 2012 dicho tribunal estableció las fronteras marítimas antes inexistentes entre ambos países, entregando a Nicaragua una importante porción de mar al oriente del meridiano 82 y dejando dos cayos colombianos (Quitasueño y Serrana) enclavados en aguas nicaragüenses.
En su sentencia C-269, la Corte Constitucional colombiana aborda el problema de la “modificación”, al interpretar que el artículo 101 de la Constitución también aplica cuando se pretenda “fijar un límite no establecido previamente”. Es decir, la regla sobre modificación de límites aplica también cuando no se están modificando límites, sino cuando se están estableciendo límites no preexistentes. No son pocos los juristas, colombianos y nicaragüenses, que consideran este un artilugio fuera de toda lógica. Desde la perspectiva del derecho internacional, un estado no puede invocar el derecho interno, sea la Constitución o cualquier otra fuente, para justificar el incumplimiento de sus obligaciones internacionales.
Bien o mal, en medio del manido debate sobre la superioridad del derecho internacional sobre el interno (que no es el tema de esta nota), esto le ha permitido al Gobierno colombiano pasar más de tres años sin acatar el fallo del 19 de noviembre de 2012 y así podría seguir hasta firmar un tratado con Managua. Aunque Nicaragua y Colombia han manifestado su voluntad de negociar en repetidas ocasiones, hasta ahora no se conoce una agenda para este propósito. Y aun cuando se negocie dicho tratado, su aprobación en el Congreso colombiano no está garantizada.
Otra pregunta válida es: ¿qué va a negociar Nicaragua? En contra de lo que piensan muchos colombianos, el gobierno de Daniel Ortega se sintió en principio perdedor con el fallo de 2012, pues todas sus peticiones fueron negadas. En septiembre del año pasado, Carlos Argüello, agente nicaragüense ante la CIJ, dijo al comenzar una de sus intervenciones en las audiencias orales ante la Corte que con el fallo de 2012 “Colombia ganó”. No es muy probable que Nicaragua quiera sentarse a negociar sobre lo poco que le entregó la Corte, a la luz de lo mucho que le había pedido. El camino hacia cualquier tratado luce bastante intrincado.
...
El artículo es largo, así que pueden continuar aquí:
No nos pudo ir peor en la vida hoy, todas las excepciones previas presentadas por Colombia fueron rechazadas y por goleadaen el conjunto de los Jueces de la Corte Internacional de Justicia en las dos demandas interpuestas por Nicaragua contra Colombia, casi todos negaron las peticiones de Colombia para que se declararan incompetentes.
Ahora toca esperar algunos años mientras estudian el fondo de los dos asuntos, en donde en el peor de los casos nos va a tocar indemnizar a Nicaragua y, nos pueden quitar una porción enorme de la plataforma continental, que son los derechos de explotar y/o usar los recursos del suelo y subsuelo marino. Ahora que se trabe el juicio propiamente dicho esperemos que Colombia sí haga valer todos los argumentos y pruebas que tenga a su alcance de manera diligente.
No como en el pasado Juicio en donde salieron mil argumentos, pruebas y razones de hecho y de derecho cuando ya se había proferido sentencia y no era el estadio procesal para hacerlo.
Efectivamente la CIJ acaba de darle aire a Nicaragua, sin embargo, éste era el aparte donde la CIJ se declaraba competente o no, no es el decisorio. Como se declaró competente para todo y vaya uno a saber porqué, pues ahora toca ver qué hará el gobierno nacional. Deja cierto desazón la competencia, porque es claro que Nicaragua se saltó varios acuerdos e instancias internacionales para sacar adelante su proyecto; lo que demuestra claramente que la CIJ es parcial con los países que ve más débiles procesalmente. Es decir, lo que esto denota que la CIJ no falla en jurisprudencia sino en el tema de: cuál país es más débil para ayudarlo, darle una manito.
En éste punto, de ser Presidente, yo más bien estaría pensando en el punto de agilizar la PES.
Comentarios
Ah, por cierto...
http://runrun.es/internacional/228459/expresidente-de-la-asamblea-de-la-onu-detenido-por-corrupcion.html
Aparentemente no tiene nada que ver con el asunto del tema, pero como dicen en mi pueblo: por algún lado se comienza y no olvidemos a la magistrada china en la Corte que no se declaró impedida en el fallo de 2012...
Andrés sin ánimo de polemizar innecesariamente pero inaplicarsegún las palabras del propio Gobierno es diferentísimo a desacatar, cuando se desacata es por razones absolutas, es decir, pk el fallo es inconveniente, es inviable, es inaceptable etc, pero es inaplicable cuando las razones son relativas, como es el caso nuestro, que no se aplica porque no hay tratado, que no se aplica porque tiene que ser aprobado ese tratado por el congreso y esa corporación es la única que puede alterar las fronteras, que no se aplica hasta que se garanticen los derechos de los pescadores del archipiélago, que no se aplica porque la corte constitucional dice que hay que surtir el trámite que describe.
OJO con eso, porque es como si tácitamente se está aceptando la alteración de las fronteras, y la excusa es un mero procesalismo.
Un mero procesalismo que tiene Molesto a Managua, al punto que sí no aceptan eso, pues el Tratado vigente es el Esguerra - Bárcenas y eso los tiene bloqueados.
los tiene bien bloqueados
Hola a todos.
Evento de la Red Unidos en San Andrés - 14 de octubre de 2015
Auf Wiedersehen.
Bueno y los San Andresanos que han hecho para esta nueva situación con los Nicas???... han protestado???? decian que en la primer defensa (y es verdad) no se les tuvo en cuenta, siendo ellos los directamente afectados No les falta razón)... pero ante esta nueva demanda que golpea aún mas duro... que han hecho???. saludos
Elmillonario chino detrás del canal de Nicaragua pierde 85% de su fortuna
Lea más en http://mundo.sputniknews.com/asia/20151002/1052056593/millonario-chino-fortuna-canal-nicaragua-crisis.html#ixzz3trS0mOOp
Rusos escéptico acerca de la invitación para ayudar a construir "Nicaragua Canal '
El proyecto muestra signos de estancamiento - Rusia hadicho antes que sólo se unirá cuando el proyecto muestra signos de progreso real
El proyecto de construcción del Canal de Nicaragua se ha estancado, informa el sitio web de noticias Svobodnaya Pressa.Anteriormente, se planeó la idea de ser implementado con la ayuda de las inversiones chinas. Ahora, sin embargo, Nicaraguais pidiendo a todos los interesados, y no menos importante de todos - Rusia.
"Esperamos con interés la cooperación y participación de la comunidad internacional, en particular la Federación de Rusia", dijo el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega el 13 de diciembre.
La construcción de la vía acuática se ha aplazado por un año.El diario La Estrella de Panamá atribuyó la razón principal de la congelación de la construcción con un informe de los ambientalistas aumentando las preocupaciones sobre el impacto de la canal en el medio ambiente. Pero al mismo tiempo, el periódico dijo que el factor real en la postergación del proyecto fue de los problemas financieros de la contratista principal - la Compañía del Canal de Nicaragua de Desarrollo de Inversiones de Hong Kong (HKND Group).
"Supongo que China se ha negado a participar en la construcción del canal por el momento debido a la falta de las finanzas", dijo Mikhail Belyat, experto en América Americaand investigador de la Universidad Estatal de Rusia Humanitario.
Mijail Alexandrov, un experto de alto nivel del Centro de Estudios Políticos Militares y en el Instituto de Relaciones Internacionales de Moscú, advirtió en contra de la participación de Rusia en la construcción del Canal de Nicaragua.
"Creo que en la situación actual, no vale la pena Rusia participar en este plan bastante arriesgado", dijo Alexandrov.
"Por otra parte, todo el proyecto causó algunas dudas desde el principio. Por ejemplo, no está claro si hubo alguna participación del Estado chino en ella. Creo que si China estaba interesada en la construcción del canal a nivel estatal, los chinos no abandonaría tan fácilmente ", dijo.
Fuente: http://russia-insider.com/en/russia-sceptical-about-invitation-help-build-nicaragua-canal/ri11863
¿Rusia también sacando el jopo?
Vea pues, ¿no dizque era recontrasuper estratégico el canal para ellos?
Ahí va sumando, ahí va sumando...
sele esfuman los intereses al señor Ortega... tendra que ir a tomar Vodka para ver si le hacen caso... saludos
No demora en aparecer la respuesta victimista de Nicaragua...
https://www.armada.mil.co/es/content/armada-nacional-sorprende-73-pescadores-realizando-pesca-depredadora-en-aguas-territoriales
Bueno... al menos del ahogado el sombrero... saludos
Arriba a San Andrés pesquero Nicaragüense inmovilizado por la Armada Nacional
Fecha:
Lunes, Febrero 15, 2016 - 10:45
![[IMG]](https://www.armada.mil.co/sites/default/files/styles/medium/public/images/news/dsc06671.jpg?itok=uZic-BJW)
En las últimas horas arribó a la isla de San Andrés el pesquero “Doña Emilia”, inmovilizado por la Armada Nacional en los últimos días, por realizar pesca depredadora en mar territorial colombiano, extrayendo de forma ilegal 700 kilos de pesca del área marina protegida Reserva de Biósfera Sea Flower.
Después de coordinaciones realizadas entre el Comando Específico de San Andrés y Providencia con la Jefatura de Capitanías de la Fuerza Naval Nicaragüense, el pasado 13 de febrero una unidad de la Armada Nacional hizo entrega en altamar a autoridades del vecino país de 108 pescadores, de los cuales 73 habían sido abandonados por los buques pesqueros nodriza de bandera nicaragüense “Miss Sofía”, “Capitán Charlie” y “Lady Frem”; así como 35 pescadores que hacían parte de la tripulación de la embarcación “Doña Emilia”.
![[IMG]](https://scontent-mia1-1.xx.fbcdn.net/hphotos-xlt1/v/t1.0-9/10649446_383264395131316_8612859298180266143_n.jpg?oh=995dc847de90b2841834515a2fedaab6&oe=5765478B)
![[IMG]](https://fbcdn-sphotos-a-a.akamaihd.net/hphotos-ak-xfl1/v/t1.0-9/12742551_383264398464649_671327502576643761_n.jpg?oh=b3095b7f15abf152080f03a339772404&oe=572D2E0B&__gda__=1466957731_5ba2d801e073df52c85350190fb20a62)
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CIJ decidirá el día 17 sobre el futuro de disputa entre Nicaragua y Colombia
La Corte Internacional de Justicia (CIJ)dictará el próximo 17 de marzo sentencia sobre las objeciones preliminares en los dos casos que enfrentan a Colombia y Nicaragua por la cuestión limítrofe en el mar Caribe, a fin de decidir sobre su admisibilidad, informó hoy el alto tribunal.
Las sentencias serán leídas por el juez presidente de la Corte, Ronny Abraham, en una audiencia pública que se celebrará a las 14.00 GMT en la sede de la Corte en La Haya.
La CIJ decidirá si los dos casos siguen adelante o no y si la Corte es competente para juzgarlos, indicaron a Efe fuentes del alto tribunal de la ONU, y no se decidirá sobre los méritos o el fondo.
Uno de los casos se remonta al 26 de noviembre de 2013 cuando Managua demandó a Colombia y pidió a la CIJ declarar que Bogotá viola su obligación de no usar o no amenazar con el uso de la fuerza, y de no violar las zonas marítimas nicaragüenses delimitadas por la Corte el 19 de noviembre de 2012, así como sus derechos soberanos y su jurisdicción sobre estas zonas.
En noviembre de 2012 el alto tribunal de la ONU había remodelado la frontera marítima entre ambos países.
En concreto, definió la frontera marítima única entre la plataforma continental y las zonas económicas exclusivas de Nicaragua y de Colombia dentro del límite de las 200 millas náuticas a partir de las líneas de base desde las cuales se mide la anchura del mar territorial de Nicaragua.
Los jueces dejaron bajo soberanía colombiana siete cayos del archipiélago de San Andrés, y a Nicaragua le otorgaron una franja marina en esa zona, que Colombia calcula en unos 75.000 kilómetros cuadrados y, el país centroamericano, en más de 90.000.
El fallo de la CIJ fue considerado "inaplicable" por el Gobierno colombiano si no se firma antes un tratado que garantice los derechos de los colombianos en la zona.
En una audiencia celebrada en septiembre, Nicaragua dijo que apoyaría la firma de un tratado que permitiera resolver la disputa.
Colombia defiende que la CIJ no es competente en este caso.
El país andino denunció el Pacto de Bogotá por el que aceptaba la jurisdicción de la CIJ el 27 de noviembre de 2012.
El artículo 56 dice que el pacto puede ser denunciado mediante aviso anticipado de un año, transcurrido el cual cesará en sus efectos, pero Colombia sostiene que la renuncia tuvo "efecto inmediato" ante la iniciación de nuevos procedimientos en su contra.
El 16 de septiembre de 2013 Nicaragua presentó otra demanda contra Colombia en la que pidió a la CIJ concederle una plataforma más allá de las 200 millas náuticas desde su costa en el Caribe.
Managua considera demostrado que el margen continental de Nicaragua se extiende más allá de las 200 millas náuticas y pidió a la CIJ, además, indicar los derechos y deberes de los dos Estados en relación con el área de pretensiones superpuestas y el uso de sus recursos hasta que se delimite con precisión la línea de frontera.
Colombia considera que la pretensión "desmedida" de Nicaragua es contraria al derecho internacional y corresponde a "ánimos expansionistas".
Según Bogotá, la plataforma continental de las Islas del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que se extiende hacia el oriente en 200 millas náuticas, "se une incuestionablemente con la plataforma continental que tiene la costa caribe colombiana" que se extiende hacia el noroccidente y hacia el Archipiélago en al menos 200 millas.
En unas audiencias celebradas en octubre, Nicaragua insistió en que la sentencia de 2012 "no especifica nada" sobre la plataforma continental.
El Gobierno de Bogotá defendió por contra que el caso de la delimitación de la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua está cerrado desde entonces, y volvió a insistir en que el alto tribunal no tiene competencia para abordar la demanda nicaragüense.
http://www.msn.com/es-co/noticias/nacional/cij-decidirá-el-día-17-sobre-el-futuro-de-disputa-entre-nicaragua-y-colombia/ar-BBqs1py?li=AAggFp8&ocid=mailsignout
Estos son los cinco argumentos de Colombia en la Corte de La Haya
Dice que ese tribunal no es competente para referirse a demandas de Nicaragua.
La Corte Internacional de La Haya decidirá este 17 de marzosi se declara competente o no en las dos últimas demandas instauradas contra Colombia ante ese tribunal.
Tras el fallo del 2012, mediante el cual se reconocieron nuevos derechos de Nicaragua en el mar Caribe, el gobierno de Daniel Ortega presentó dos nuevas demandas contra Colombia: una, mediante la cual pretende que se le concedan derechos sobre la plataforma continental extendida y otra para exigir que Colombia cumpla con el pronunciamiento de noviembre del 2012, el cual fue favorable para ese país.
En la presentación de las excepciones preliminares, como se le llama al primer alegato ante los jueces de La Haya, Colombia pidió que ese tribunal se declare sin competencia para conocer de las dos acciones instauradas por Nicaragua.
Aunque Colombia ya había renunciado a la jurisdicción de La Haya, tras el fallo de noviembre del 2012 (denunciando el Pacto de Bogotá), decidió concurrir a la defensa de sus intereses en estos dos casos porque, de cualquier manera, la Corte podría haber asumido el examen de fondo de las demandas.
Acudir a la Corte para pedirle que se declare sin competencia para conocer los asuntos referidos obliga al tribunal, en esta oportunidad, a sentenciar solo sobre procedimiento, como se espera que ocurra este 17 de marzo, y no de fondo como habría ocurrido, al parecer de manera irremediable, si no se hubieran hecho las objeciones.
La Haya notificó este lunes a las partes (Colombia y Nicaragua) sobre la fecha en que proferirá el fallo (17 de marzo) y citó a los agentes de los dos países, pero se desconoce cuál será el sentido de la decisión.
Los expertos plantean cerca de siete escenarios en los que se podrían presentar los dos fallos: el más favorable, que acepte las objeciones de Colombia para ambos casos y reconozca que no tiene competencia para su conocimiento. El menos favorable: que se declare competente para examinar los dos temas de fondo. También puede ocurrir que acepte uno y rechace otro.
Estos son los cinco argumentos de Colombia
Colombia le planteó a La Haya cinco argumentos respecto a por qué esa Corte no es competente para conocer de la demanda de Nicaragua sobre el reconocimiento de la plataforma continental extendida.
1. De tiempo. Que el retiro de Colombia de la jurisdicción de La Haya fue de efecto inmediato.
2. Cosa juzgada. La pretensión de Nicaragua no procede porque el tribunal ya negó ese derecho implícitamente en el fallo anterior al no delimitar frontera.
3. Apelación. Los fallos de este tribunal son inapelables, Nicaragua no puede alegar ese recurso.
4. Revisión. No hay nueva prueba que amerite una revisión.
5. Inadmisibilidad. La demanda de Nicaragua es inadmisible porque la Convención de Derechos del Mar no ha hecho recomendación alguna.
http://www.eltiempo.com/politica/gobierno/argumentos-de-colombia-ante-la-haya-en-caso-colombia-nicaragua/16530798
Americamilitar.com
Para que se vayan haciendo una idea del asunto:
http://www.elespectador.com/noticias/elmundo/nuevamente-colombia-presente-haya-escenarios-posibles-j-articulo-622257
Y siguiendo con los análisis:
http://www.elespectador.com/noticias/elmundo/puede-nicaragua-extender-su-plataforma-continental-articulo-622416
Así que la respuesta lógica y apegada a la ley internacional es que Nicaragua NO puede exigir nada.
Bueno, ¿no dizque, según unos, ya estábamos aplicando el fallo?
El artículo es largo, así que pueden continuar aquí:
http://www.elespectador.com/noticias/elmundo/el-fallo-colombia-no-ha-cumplido-articulo-622535
No nos pudo ir peor en la vida hoy, todas las excepciones previas presentadas por Colombia fueron rechazadas y por goleadaen el conjunto de los Jueces de la Corte Internacional de Justicia en las dos demandas interpuestas por Nicaragua contra Colombia, casi todos negaron las peticiones de Colombia para que se declararan incompetentes.
Ahora toca esperar algunos años mientras estudian el fondo de los dos asuntos, en donde en el peor de los casos nos va a tocar indemnizar a Nicaragua y, nos pueden quitar una porción enorme de la plataforma continental, que son los derechos de explotar y/o usar los recursos del suelo y subsuelo marino. Ahora que se trabe el juicio propiamente dicho esperemos que Colombia sí haga valer todos los argumentos y pruebas que tenga a su alcance de manera diligente.
No como en el pasado Juicio en donde salieron mil argumentos, pruebas y razones de hecho y de derecho cuando ya se había proferido sentencia y no era el estadio procesal para hacerlo.
Efectivamente la CIJ acaba de darle aire a Nicaragua, sin embargo, éste era el aparte donde la CIJ se declaraba competente o no, no es el decisorio. Como se declaró competente para todo y vaya uno a saber porqué, pues ahora toca ver qué hará el gobierno nacional. Deja cierto desazón la competencia, porque es claro que Nicaragua se saltó varios acuerdos e instancias internacionales para sacar adelante su proyecto; lo que demuestra claramente que la CIJ es parcial con los países que ve más débiles procesalmente. Es decir, lo que esto denota que la CIJ no falla en jurisprudencia sino en el tema de: cuál país es más débil para ayudarlo, darle una manito.
En éste punto, de ser Presidente, yo más bien estaría pensando en el punto de agilizar la PES.
Howdy, Stranger!
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