El problema es que va a sacar mucha gente en las empresas
Pillen, si hoy yo le pago a alguien 3.000.000 de pesos lo que Petro hizo es que a esa persona yo le tengo que subir lo mismo que el autorizo como incremento en el salario minimo.
Entonces que va a pasar, pues que a esa persona la van a sacar o le van a terminar el contrato, dejan pasar un mes o dos y vuelven y contratan a alguien que haga ese mismo trabajo por los 3.000.000.
Asi de simple.
Sí la persona gana más del minimo, la empresa no está obligada a subir el salario del empleado.
claro que si, todos los sueldos tienen que ser subidos de acuerdo al incremento del salario minimo.
Si ud tiene un contrato indefinido con esa clausula si, de lo contrario la empresa NO ESTA OBLIGADA si ud ya gana más del mínimo.
El 70% de los empleados (formales) son a término fijo, prestación de servicios u obra labor contratada.
Pero porque a los congresistas la vez pasada intentaron no subirles el salario de acuerdo al incremento y eso lo tumbaron???
TOLEDO Los congresistas NO tienen contrato laboral, son cargos públicos de elección popular, los pagos se hacen por asignación fijada por leyes igual que los aumentos de los empleados públicos... ellos tienen sus propios aumentos pues sus pagos salen de nuestros impuestos.
El problema es que va a sacar mucha gente en las empresas
Pillen, si hoy yo le pago a alguien 3.000.000 de pesos lo que Petro hizo es que a esa persona yo le tengo que subir lo mismo que el autorizo como incremento en el salario minimo.
Entonces que va a pasar, pues que a esa persona la van a sacar o le van a terminar el contrato, dejan pasar un mes o dos y vuelven y contratan a alguien que haga ese mismo trabajo por los 3.000.000.
Asi de simple.
Sí la persona gana más del minimo, la empresa no está obligada a subir el salario del empleado.
claro que si, todos los sueldos tienen que ser subidos de acuerdo al incremento del salario minimo.
Si ud tiene un contrato indefinido con esa clausula si, de lo contrario la empresa NO ESTA OBLIGADA si ud ya gana más del mínimo.
El 70% de los empleados (formales) son a término fijo, prestación de servicios u obra labor contratada.
Pero porque a los congresistas la vez pasada intentaron no subirles el salario de acuerdo al incremento y eso lo tumbaron???
TOLEDO Los congresistas NO tienen contrato laboral, son cargos públicos de elección popular, los pagos se hacen por asignación fijada por leyes igual que los aumentos de los empleados públicos... ellos tienen sus propios aumentos pues sus pagos salen de nuestros impuestos.
Pues en ese orden de ideas, nada de nervios, hay muchas empresas de las que yo conozco que el 95% de sus empleados estan con contrato con el salario minimo pero ganan mas y eso que ganan mas lo meten como bono no prestacional.
Osea que si el salario minimo lo aumentan, el bono lo van a reducir.
Se va a pagar mas seguridad social, pero va a haber mas de donde legalizar ese bono.
No se si me hice entender.
Por ejemplo un amigo, guiño guiño, tiene un empleado que se gana el minimo mas el 1% de lo que factura, a ese empleado mi amigo le va a decir , mano, su nuevo salario minimo es de 2 millones, pero su bono baja del 1% al 0,6% y como es % no aparece en el contrato, pues matanga dijo la changa.
En Colombia, mucho de esos 2.4 millones de personas que las empresas las reportan con el salario minimo, pues muchos tienen bonos no prestacionales los cuales el proximo año van a ser reducidos.
Me preocupa la subida de la administración en mi edificio
Es que no va a subir, no la pueden subir mas alla del IPC legalmente, lo que va a pasar es que si habian tres personas para hacer el aseo van a dejar a una y si habia un vigilante que hacia roondas por los pisos y los parqueaderos lo van a sacar.
Eso no es cierto, las administraciones están indexadas en su gran mayoría al salario mínimos dado que el costo más grande en las copropiedades son los servicios de seguridad!!
La unica manera de que un administrador suba una cuota de administracion por encima del IPC es haciendo una junta de propietarios y que este aumento sea aprobado.
Yo trabajo en eso Toledo, la mayoría de los RPH están indexados al salario mínimo.
Lo que si está indexado al IPC son los arrendamientos.
Me preocupa la subida de la administración en mi edificio
Es que no va a subir, no la pueden subir mas alla del IPC legalmente, lo que va a pasar es que si habian tres personas para hacer el aseo van a dejar a una y si habia un vigilante que hacia roondas por los pisos y los parqueaderos lo van a sacar.
Eso no es cierto, las administraciones están indexadas en su gran mayoría al salario mínimos dado que el costo más grande en las copropiedades son los servicios de seguridad!!
La unica manera de que un administrador suba una cuota de administracion por encima del IPC es haciendo una junta de propietarios y que este aumento sea aprobado.
Yo trabajo en eso Toledo, la mayoría de los RPH están indexados al salario mínimo.
Lo que si está indexado al IPC son los arrendamientos.
Pues yo cada año asisto a esas reuniones del conjunto y siempre tocan el aumento de la administracion y se toman medidas, por ejemplo en la reunion del año pasado sacaron al vigilante que hacia rondas por los parqueaderos y zonas sociales.
No llego el administradora decir subo la administracion para pagarle al vigilante porque asi me parece.
Esa vez la gente como es chichipata opto por sacarlo y anunciar a todos los del conjunto que pilas con no dejar nada pagando.
El problema es que va a sacar mucha gente en las empresas
Pillen, si hoy yo le pago a alguien 3.000.000 de pesos lo que Petro hizo es que a esa persona yo le tengo que subir lo mismo que el autorizo como incremento en el salario minimo.
Entonces que va a pasar, pues que a esa persona la van a sacar o le van a terminar el contrato, dejan pasar un mes o dos y vuelven y contratan a alguien que haga ese mismo trabajo por los 3.000.000.
Asi de simple.
Sí la persona gana más del minimo, la empresa no está obligada a subir el salario del empleado.
Créame que el límite del salario mínimo también es un límite que funciona al revés, que el próximo año le ofrezcan mantener el cargo pero por menos salario para acercarlo lo más posible al mínimo... con el desempleo simplemente van a acceder.
Eso es pegarse un tiro en el pie, un empresario acepta eso y el día que el trabajador lo quiera demandar lo ponen a pagar de lo lindo.
Bajo que delito? Si te está ofreciendo un poco más del mínimo de petro.
El profesional que se quedó después de la pandemia va a preferir irse del país.
No es un delito, hay derechos irrenunciables, son normas de orden público.
Los derechos adquiridos no se pueden perder de forma unilateral, pero si por acuerdo de ambas partes
Usted no puede renunciar a ganar menos del mínimo, a prestaciones sociales, a la seguridad social, no confunda derechos adquiridos con derechos irrenunciables, no son lo mismo, ojo que eso nunca sale bien, al final solo basta con decir él no me pagó lo de ley y listo.
Los derechos adquiridos no se pueden perder de forma unilateral, pero si por acuerdo de ambas partes
Usted no puede renunciar a ganar menos del mínimo, a prestaciones sociales, a la seguridad social, no confunda derechos adquiridos con derechos irrenunciables, no son lo mismo, ojo que eso nunca sale bien, al final solo basta con decir él no me pagó lo de ley y listo.
No estoy hablando del bajar el sueldo más del mínimo (aunque 11 millones de colombianos ya trabajan sin recibir este), si no de aquellos profesionales o quienes a lo largo de los años han recibido bonificaciones por x o y motivo
Muchos pueden verse obligados a recibir el mínimo y perder lo demás o quedarse sin trabajo
Los derechos adquiridos no se pueden perder de forma unilateral, pero si por acuerdo de ambas partes
Usted no puede renunciar a ganar menos del mínimo, a prestaciones sociales, a la seguridad social, no confunda derechos adquiridos con derechos irrenunciables, no son lo mismo, ojo que eso nunca sale bien, al final solo basta con decir él no me pagó lo de ley y listo.
las empresas van a cuadrar como sea decirles pagan el minimo y preferiran dar mas bonos o recortan las horas de trabajo los servicios de vigilancia presenciales son necesarios lo mas probable es que los pongan a trabajar 8 horas yo soy OMT y pues me tiene bastante preocupado eso
El problema es que va a sacar mucha gente en las empresas
Pillen, si hoy yo le pago a alguien 3.000.000 de pesos lo que Petro hizo es que a esa persona yo le tengo que subir lo mismo que el autorizo como incremento en el salario minimo.
Entonces que va a pasar, pues que a esa persona la van a sacar o le van a terminar el contrato, dejan pasar un mes o dos y vuelven y contratan a alguien que haga ese mismo trabajo por los 3.000.000.
Asi de simple.
Sí la persona gana más del minimo, la empresa no está obligada a subir el salario del empleado.
claro que si, todos los sueldos tienen que ser subidos de acuerdo al incremento del salario minimo.
No está bien, es SALARIO MÍNIMO .
Solo el mínimo sube ese porcentaje,
En las entidades públicas depende del cargo y del Pacto sindical.
Puede subir igual que el mínimo o igual que el IPC.
en las empresas privadas solo aplica para trabajadores que ganen el mínimo.
En una empresa privada puede subirles o no subirles, ó subirles el IPC.
Nadie en COLOMBIA puede devengar por debajo del mínimo.
Si trabaja por horas o por días, el equivalente al mensual.
El problema es que va a sacar mucha gente en las empresas
Pillen, si hoy yo le pago a alguien 3.000.000 de pesos lo que Petro hizo es que a esa persona yo le tengo que subir lo mismo que el autorizo como incremento en el salario minimo.
Entonces que va a pasar, pues que a esa persona la van a sacar o le van a terminar el contrato, dejan pasar un mes o dos y vuelven y contratan a alguien que haga ese mismo trabajo por los 3.000.000.
Asi de simple.
Sí la persona gana más del minimo, la empresa no está obligada a subir el salario del empleado.
claro que si, todos los sueldos tienen que ser subidos de acuerdo al incremento del salario minimo.
Si ud tiene un contrato indefinido con esa clausula si, de lo contrario la empresa NO ESTA OBLIGADA si ud ya gana más del mínimo.
El 70% de los empleados (formales) son a término fijo, prestación de servicios u obra labor contratada.
Pero porque a los congresistas la vez pasada intentaron no subirles el salario de acuerdo al incremento y eso lo tumbaron???
TOLEDO Los congresistas NO tienen contrato laboral, son cargos públicos de elección popular, los pagos se hacen por asignación fijada por leyes igual que los aumentos de los empleados públicos... ellos tienen sus propios aumentos pues sus pagos salen de nuestros impuestos.
Pues en ese orden de ideas, nada de nervios, hay muchas empresas de las que yo conozco que el 95% de sus empleados estan con contrato con el salario minimo pero ganan mas y eso que ganan mas lo meten como bono no prestacional.
Osea que si el salario minimo lo aumentan, el bono lo van a reducir.
Se va a pagar mas seguridad social, pero va a haber mas de donde legalizar ese bono.
No se si me hice entender.
Por ejemplo un amigo, guiño guiño, tiene un empleado que se gana el minimo mas el 1% de lo que factura, a ese empleado mi amigo le va a decir , mano, su nuevo salario minimo es de 2 millones, pero su bono baja del 1% al 0,6% y como es % no aparece en el contrato, pues matanga dijo la changa.
Yo creo que confunde el salario mínimo con el salario básico.
Ojo, lo que sube es el salario mínimo!, el cual quedará en 1,700,000 y pucho.
Alguien que devenga 2 millones, no está obligado a subirle el salario.
En las empresas privadas funciona, la competitividad, si no sube el salario la gente se va para otro trabajo.
En empresas grandes donde hay un RH o un jefe de contratación, debe conocer los salarios en el mercado laboral. Si paga por debajo pierde competitividad y los buenos se le van, si paga de más pierde en costos.
Por lo tanto es muy probable que las empresas suban solo el IPC, o jueguen con las bonificaciones y/o otras variables.
Lo que se dice es que el Consejo de Estado puede tumbar ese Decreto, tal como pasó en 2016.... pero en aquella oportunidad tardaron 18 meses en hacerlo, cuando ya pa´qué.
Comentarios
TOLEDO Los congresistas NO tienen contrato laboral, son cargos públicos de elección popular, los pagos se hacen por asignación fijada por leyes igual que los aumentos de los empleados públicos... ellos tienen sus propios aumentos pues sus pagos salen de nuestros impuestos.
Pues en ese orden de ideas, nada de nervios, hay muchas empresas de las que yo conozco que el 95% de sus empleados estan con contrato con el salario minimo pero ganan mas y eso que ganan mas lo meten como bono no prestacional.
Osea que si el salario minimo lo aumentan, el bono lo van a reducir.
Se va a pagar mas seguridad social, pero va a haber mas de donde legalizar ese bono.
No se si me hice entender.
Por ejemplo un amigo, guiño guiño, tiene un empleado que se gana el minimo mas el 1% de lo que factura, a ese empleado mi amigo le va a decir , mano, su nuevo salario minimo es de 2 millones, pero su bono baja del 1% al 0,6% y como es % no aparece en el contrato, pues matanga dijo la changa.
Yo trabajo en eso Toledo, la mayoría de los RPH están indexados al salario mínimo.
Lo que si está indexado al IPC son los arrendamientos.
A despedir gente, subir precios para pagarle a quienes queden y al final automatizar más para evitar contratar mano de obra innecesaria
Esto es un regalo envenenado
Nadie va a contratar y si lo hacen será después de mitad de año cuando se vea si es rentable o no
Pues yo cada año asisto a esas reuniones del conjunto y siempre tocan el aumento de la administracion y se toman medidas, por ejemplo en la reunion del año pasado sacaron al vigilante que hacia rondas por los parqueaderos y zonas sociales.
No llego el administradora decir subo la administracion para pagarle al vigilante porque asi me parece.
Esa vez la gente como es chichipata opto por sacarlo y anunciar a todos los del conjunto que pilas con no dejar nada pagando.
Si y ya ha sucedido.
https://www.portafolio.co/economia/consejo-de-estado-tumban-decreto-del-salario-minimo-de-2016-504489
El problema es que esto puede ser lo que busca petro para su constituyente o que tambien es una decision demorada.
No es un delito, hay derechos irrenunciables, son normas de orden público.
Usted no puede renunciar a ganar menos del mínimo, a prestaciones sociales, a la seguridad social, no confunda derechos adquiridos con derechos irrenunciables, no son lo mismo, ojo que eso nunca sale bien, al final solo basta con decir él no me pagó lo de ley y listo.
Se vienen las demandas....
No estoy hablando del bajar el sueldo más del mínimo (aunque 11 millones de colombianos ya trabajan sin recibir este), si no de aquellos profesionales o quienes a lo largo de los años han recibido bonificaciones por x o y motivo
Muchos pueden verse obligados a recibir el mínimo y perder lo demás o quedarse sin trabajo
las empresas van a cuadrar como sea decirles pagan el minimo y preferiran dar mas bonos o recortan las horas de trabajo los servicios de vigilancia presenciales son necesarios lo mas probable es que los pongan a trabajar 8 horas yo soy OMT y pues me tiene bastante preocupado eso
No está bien, es SALARIO MÍNIMO .
Solo el mínimo sube ese porcentaje,
En las entidades públicas depende del cargo y del Pacto sindical.
Puede subir igual que el mínimo o igual que el IPC.
en las empresas privadas solo aplica para trabajadores que ganen el mínimo.
En una empresa privada puede subirles o no subirles, ó subirles el IPC.
Nadie en COLOMBIA puede devengar por debajo del mínimo.
Si trabaja por horas o por días, el equivalente al mensual.
Yo creo que confunde el salario mínimo con el salario básico.
Ojo, lo que sube es el salario mínimo!, el cual quedará en 1,700,000 y pucho.
Alguien que devenga 2 millones, no está obligado a subirle el salario.
En las empresas privadas funciona, la competitividad, si no sube el salario la gente se va para otro trabajo.
En empresas grandes donde hay un RH o un jefe de contratación, debe conocer los salarios en el mercado laboral. Si paga por debajo pierde competitividad y los buenos se le van, si paga de más pierde en costos.
Por lo tanto es muy probable que las empresas suban solo el IPC, o jueguen con las bonificaciones y/o otras variables.
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